Condiciones generales

Artículo 1 – Definiciones

En estas condiciones se entiende por:

Plazo de reflexión: El período dentro del cual el consumidor puede hacer uso de su derecho de desistimiento.

Consumidor: La persona física que no actúa en el ejercicio de una profesión o actividad comercial y que celebra un contrato a distancia con el empresario.

Día: Día calendario.

Contrato de duración continua: Un contrato a distancia relacionado con una serie de productos y/o servicios, cuya obligación de entrega y/o recepción se extiende en el tiempo.

Soporte duradero de datos: Todo medio que permita al consumidor o al empresario almacenar información dirigida personalmente a él, de forma que permita su consulta futura y la reproducción inalterada de la información almacenada.

Derecho de desistimiento: La posibilidad que tiene el consumidor de rescindir el contrato a distancia dentro del plazo de reflexión.

Empresario: La persona física o jurídica que ofrece productos y/o servicios a distancia a los consumidores.

Contrato a distancia: Un contrato en el cual, en el marco de un sistema organizado por el empresario para la venta a distancia de productos y/o servicios, hasta el momento de la celebración del contrato se hace uso exclusivo de una o más técnicas de comunicación a distancia.

Técnica de comunicación a distancia: Medio que puede ser utilizado para la celebración de un contrato sin que el consumidor y el empresario se reúnan simultáneamente en el mismo lugar.

Condiciones Generales: Las presentes Condiciones Generales del empresario.


Artículo 2 – Derecho de desistimiento

El consumidor tiene derecho a rescindir el contrato dentro de un plazo de reflexión de 30 días sin necesidad de indicar motivo alguno.
Durante el período de reflexión, el consumidor deberá manejar el producto y su embalaje con cuidado.

Si el consumidor hace uso de su derecho de desistimiento, deberá devolver el producto con todos los accesorios entregados y, si es posible, en su estado y embalaje original, de conformidad con las instrucciones razonables proporcionadas por el empresario.


Artículo 3 – Aplicabilidad

Estas condiciones generales se aplican a toda oferta del empresario y a todo contrato a distancia celebrado y a todos los pedidos realizados entre el empresario y el consumidor.

Antes de que se celebre el contrato a distancia, se pondrá a disposición del consumidor el texto de estas condiciones generales. 

El texto de las condiciones generales será puesto a disposición del consumidor.
Si esto no fuera razonablemente posible, antes de que se celebre el contrato a distancia se indicará que las condiciones generales están disponibles para su consulta en el establecimiento del empresario y que, a solicitud del consumidor, le serán enviadas lo antes posible y de forma gratuita.

Si el contrato a distancia se celebra por medios electrónicos, y en desviación de lo dispuesto en el párrafo anterior, el texto de las presentes condiciones generales podrá ponerse a disposición del consumidor por vía electrónica antes de la celebración del contrato a distancia, de manera que el consumidor pueda almacenarlas fácilmente en un soporte duradero de datos.
Si esto no fuera razonablemente posible, se indicará, antes de la celebración del contrato a distancia, dónde pueden consultarse las condiciones generales por vía electrónica y que, a solicitud del consumidor, le serán enviadas gratuitamente por vía electrónica o por cualquier otro medio.

En el caso de que, además de las presentes condiciones generales, se apliquen también condiciones específicas de productos o servicios, serán de aplicación análoga los párrafos segundo y tercero, y el consumidor podrá, en caso de conflicto entre las condiciones generales, invocar siempre la disposición que le resulte más favorable.

Si una o más disposiciones de las presentes condiciones generales fueran en algún momento total o parcialmente nulas o anuladas, el resto del contrato y de estas condiciones permanecerán vigentes, y la disposición afectada será sustituida de común acuerdo por una cláusula que, en la medida de lo posible, refleje el propósito original de la disposición.

Las situaciones no contempladas en las presentes condiciones generales deberán evaluarse “conforme al espíritu” de estas condiciones generales.
Las dudas acerca de la interpretación o del contenido de una o más disposiciones de nuestras condiciones deberán interpretarse igualmente “conforme al espíritu” de las presentes condiciones generales.


Artículo 4 – La oferta

Si una oferta tiene un período de validez limitado o se realiza bajo determinadas condiciones, ello se indicará expresamente en la oferta.
La oferta no es vinculante. El empresario tiene derecho a modificar y adaptar la oferta.

La oferta contendrá una descripción completa y precisa de los productos y/o servicios ofrecidos.
La descripción será lo suficientemente detallada para permitir una correcta valoración de la oferta por parte del consumidor.

Si el empresario utiliza imágenes, éstas deberán ser una representación fiel de los productos y/o servicios ofrecidos.
Errores u equivocaciones evidentes en la oferta no obligan al empresario. 

Todas las imágenes y especificaciones incluidas en la oferta son meramente indicativas y no pueden dar lugar a compensación alguna ni a la resolución del contrato.

Las imágenes de los productos son una representación fiel de los productos ofrecidos.
El empresario no puede garantizar que los colores mostrados coincidan exactamente con los colores reales de los productos.

Cada oferta contiene la información necesaria para que el consumidor tenga claridad sobre los derechos y obligaciones que implica la aceptación de la oferta. Esto se refiere, en particular, a:

  • Los posibles costes de envío.

  • La manera en que el contrato se celebrará y qué pasos son necesarios para ello.

  • La aplicabilidad o no del derecho de desistimiento.

  • La forma de pago, la entrega y la ejecución del contrato.

  • El plazo de aceptación de la oferta, o el período durante el cual el empresario garantiza el precio.

  • El importe de la tarifa por comunicación a distancia, si los costes por el uso de la técnica de comunicación a distancia se calculan sobre una base distinta de la tarifa básica habitual del medio de comunicación utilizado.

  • Si el contrato, una vez celebrado, será archivado, y en caso afirmativo, la forma en que el consumidor podrá consultarlo.

  • El modo en que el consumidor podrá verificar y, si lo desea, corregir los datos que haya proporcionado en el marco del contrato antes de su celebración.

  • Los otros idiomas en los cuales, además del neerlandés, se puede celebrar el contrato.

  • Los códigos de conducta a los que el empresario se ha adherido y la forma en que el consumidor puede consultarlos electrónicamente.

  • La duración mínima del contrato a distancia en caso de un contrato de larga duración.

  • Opcional: las tallas, colores y tipos de materiales disponibles.


Artículo 5 – El contrato

El contrato se celebra, sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo 4, en el momento en que el consumidor acepta la oferta y cumple las condiciones establecidas para ello.

Si el consumidor ha aceptado la oferta por medios electrónicos, el empresario confirmará sin demora y por vía electrónica la recepción de dicha aceptación. 

Mientras la recepción de dicha aceptación no haya sido confirmada por el empresario, el consumidor podrá disolver el contrato.

Si el contrato se celebra por medios electrónicos, el empresario adoptará las medidas técnicas y organizativas adecuadas para proteger la transmisión electrónica de los datos y garantizará un entorno web seguro.
Si el consumidor puede realizar pagos electrónicos, el empresario tomará las medidas de seguridad apropiadas para ello.

El empresario podrá, dentro de los límites legales, informarse acerca de si el consumidor puede cumplir con sus obligaciones de pago, así como de todos los hechos y factores relevantes para una celebración responsable del contrato a distancia.
Si, a raíz de dicha investigación, el empresario tiene motivos fundados para no celebrar el contrato, estará facultado para rechazar motivadamente un pedido o solicitud, o bien imponer condiciones especiales para su ejecución.

El empresario proporcionará al consumidor, junto con el producto o servicio, la siguiente información, por escrito o de tal manera que el consumidor pueda almacenarla de forma accesible en un soporte duradero de datos:

  • La dirección física del establecimiento del empresario al que el consumidor puede dirigirse en caso de reclamaciones.

  • Las condiciones y la manera en que el consumidor puede hacer uso de su derecho de desistimiento, o bien una indicación clara de que dicho derecho no aplica.

  • La información sobre las garantías y los servicios posventa existentes.

  • Los datos mencionados en el artículo 4, párrafo 3 de estas condiciones, salvo que el empresario ya los haya facilitado al consumidor antes de la ejecución del contrato.

  • Los requisitos para la rescisión del contrato, si éste tiene una duración superior a un año o es de duración indefinida.

En el caso de un contrato de larga duración, la disposición del párrafo anterior solo se aplicará a la primera entrega.

Todo contrato se celebra bajo la condición suspensiva de la suficiente disponibilidad de los productos correspondientes.


Artículo 6 – Derecho de desistimiento

En la compra de productos, el consumidor tendrá la posibilidad de disolver el contrato sin indicar motivo alguno dentro de un plazo de 30 días.

Este período de reflexión comenzará el día siguiente a la recepción del producto por parte del consumidor o de un representante previamente designado por el consumidor y comunicado al empresario. 

Durante el período de reflexión, el consumidor deberá manejar el producto y su embalaje con cuidado.
Solo podrá desempaquetar o utilizar el producto en la medida necesaria para determinar si desea quedarse con él.

Si el consumidor hace uso de su derecho de desistimiento, deberá devolver el producto con todos los accesorios entregados y, si es razonablemente posible, en su estado y embalaje original, de conformidad con las instrucciones razonables y claras proporcionadas por el empresario.

Cuando el consumidor desee ejercer su derecho de desistimiento, está obligado a comunicarlo al empresario dentro de los 30 días siguientes a la recepción del producto.
Dicha comunicación deberá realizarse por escrito o mediante correo electrónico.

Una vez que el consumidor haya notificado su intención de ejercer el derecho de desistimiento, deberá enviar el producto de vuelta dentro de un plazo de 30 días.
El consumidor deberá demostrar que los bienes fueron devueltos a tiempo, por ejemplo, mediante un comprobante de envío.

Si, una vez transcurridos los plazos mencionados en los párrafos 2 y 3, el consumidor no ha comunicado su intención de ejercer el derecho de desistimiento y/o no ha devuelto el producto al empresario, la compra se considerará definitiva.


Artículo 7 – Costes en caso de desistimiento

Si el consumidor hace uso de su derecho de desistimiento, los gastos de devolución de los productos correrán a cargo del consumidor.

Si el consumidor ya ha realizado un pago, el empresario reembolsará dicho importe lo antes posible, y en todo caso dentro de los 30 días siguientes a la notificación del desistimiento.
Esta obligación estará sujeta a la condición de que el empresario haya recibido previamente el producto devuelto, o que el consumidor pueda proporcionar una prueba concluyente de que ha efectuado la devolución completa.


Artículo 8 – Exclusión del derecho de desistimiento

El empresario podrá excluir el derecho de desistimiento del consumidor respecto de determinados productos, tal como se describe en los párrafos 2 y 3.
La exclusión del derecho de desistimiento solo será válida si el empresario lo ha indicado claramente en la oferta, o al menos antes de la celebración del contrato.

La exclusión del derecho de desistimiento solo será posible para productos:

  • Que hayan sido fabricados por el empresario conforme a las especificaciones del consumidor.

  • Que sean claramente de carácter personal.   

  • La exclusión del derecho de desistimiento también será posible para productos:

    • Que, por su naturaleza, no puedan ser devueltos.

    • Que puedan deteriorarse o caducar rápidamente.

    • Cuyo precio dependa de fluctuaciones del mercado financiero sobre las cuales el empresario no tiene influencia.

    • Que consistan en periódicos o revistas sueltos.

    • Que sean grabaciones de audio o vídeo o software informático cuyo precinto haya sido roto por el consumidor.

    • Que sean productos de carácter higiénico cuyo precinto haya sido roto por el consumidor.


    Artículo 9 – El precio

    Durante el período de validez indicado en la oferta, los precios de los productos y/o servicios ofrecidos no serán incrementados, salvo los cambios de precio derivados de modificaciones en los tipos del IVA.

    En desviación de lo dispuesto en el párrafo anterior, el empresario podrá ofrecer productos o servicios cuyos precios estén sujetos a fluctuaciones del mercado financiero, sobre las cuales no tiene influencia, a precios variables.
    La relación con dichas fluctuaciones y el hecho de que los precios indicados puedan ser precios orientativos se mencionarán claramente en la oferta.

    Los incrementos de precio dentro de los tres meses posteriores a la celebración del contrato solo estarán permitidos si son consecuencia de disposiciones o normativas legales.

    Los incrementos de precio a partir de los tres meses desde la celebración del contrato solo estarán permitidos si el empresario lo ha pactado expresamente y:

    • Si dichos incrementos son resultado de disposiciones o normativas legales, o

    • Si el consumidor tiene el derecho de rescindir el contrato a partir del día en que entre en vigor el incremento de precio.

    Todos los precios están sujetos a errores tipográficos o de impresión.
    No se aceptará responsabilidad alguna por las consecuencias de dichos errores.
    En caso de errores tipográficos o de impresión, el empresario no estará obligado a entregar el producto al precio erróneo.


    Artículo 10 – Conformidad y garantía

    El empresario garantiza que los productos y/o servicios cumplen con el contrato, con las especificaciones indicadas en la oferta, con los requisitos razonables de calidad y/o utilidad, y con las disposiciones legales y/o reglamentarias gubernamentales vigentes en la fecha de celebración del contrato.

    Si así se hubiera acordado, el empresario garantizará además que el producto sea adecuado para un uso distinto del habitual

  • Una garantía proporcionada por el empresario, fabricante o importador no afectará en modo alguno a los derechos y reclamaciones legales que el consumidor pueda ejercer frente al empresario en virtud del contrato.

    Cualquier defecto o producto entregado incorrectamente deberá ser notificado por escrito al empresario dentro de los 30 días posteriores a la entrega.
    La devolución de los productos deberá realizarse en su embalaje original y en estado nuevo.

    El plazo de garantía ofrecido por el empresario coincide con el plazo de garantía del fabricante.
    No obstante, el empresario no será responsable en ningún caso de la idoneidad final de los productos para cualquier aplicación individual por parte del consumidor, ni de los consejos o recomendaciones relativos al uso o aplicación de los productos.

    La garantía no será válida en los siguientes casos:

    • Si el consumidor ha reparado y/o modificado los productos entregados por sí mismo o los ha hecho reparar y/o modificar por terceros.

    • Si los productos entregados han sido expuestos a condiciones anormales, han sido tratados de manera negligente, o se han utilizado en contra de las instrucciones del empresario y/o de las indicaciones presentes en el embalaje.

    • Si la falta de conformidad es, total o parcialmente, consecuencia de disposiciones impuestas o futuras por parte del gobierno relativas a la naturaleza o calidad de los materiales utilizados.


    Artículo 11 – Entrega y ejecución

    El empresario actuará con la máxima diligencia en la recepción y ejecución de los pedidos de productos.

    Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4 de las presentes condiciones generales, la empresa ejecutará los pedidos aceptados con la debida prontitud, pero a más tardar dentro de los 30 días, salvo que el consumidor haya aceptado un plazo de entrega más largo.

    Si la entrega sufre retraso, o si un pedido no puede ejecutarse total o parcialmente, el consumidor será informado de ello a más tardar 30 días después de haber realizado el pedido.
    En tal caso, el consumidor tendrá derecho a disolver el contrato sin coste alguno y a reclamar una posible compensación por daños.

    En caso de disolución conforme al párrafo anterior, el empresario reembolsará al consumidor la cantidad pagada lo antes posible, y en todo caso dentro de los 30 días posteriores a la disolución

  • Si la entrega de un producto pedido resulta imposible, el empresario hará todo lo posible para proporcionar un artículo sustitutivo.
    A más tardar en el momento de la entrega, se deberá informar de manera clara y comprensible al consumidor de que se trata de un artículo de sustitución.

    En el caso de artículos sustitutivos, el derecho de desistimiento no puede ser excluido.
    Los costes de una eventual devolución correrán a cargo del empresario.

    El riesgo de daño y/o pérdida de los productos será responsabilidad del empresario hasta el momento en que estos sean entregados al consumidor o a un representante previamente designado por el consumidor y comunicado al empresario, salvo que se haya acordado expresamente lo contrario.


    Artículo 12 – Contratos de larga duración: duración, rescisión y renovación

    Rescisión

    El consumidor podrá rescindir en cualquier momento un contrato celebrado por tiempo indefinido, que tenga por objeto la entrega regular de productos (incluida la electricidad) o servicios, respetando las reglas de rescisión acordadas y un plazo de preaviso máximo de un mes.

    El consumidor podrá rescindir al término del período acordado un contrato celebrado por tiempo determinado, que tenga por objeto la entrega regular de productos (incluida la electricidad) o servicios, respetando igualmente las reglas de rescisión convenidas y un plazo de preaviso máximo de un mes.

    El consumidor podrá, respecto a los contratos mencionados en los párrafos anteriores:

    • Rescindirlos en cualquier momento, sin estar limitado a hacerlo en un momento o período determinado.

    • Rescindirlos al menos por el mismo medio en que fueron celebrados.

    • Rescindirlos siempre con el mismo plazo de preaviso que el empresario haya estipulado para sí mismo.


    Renovación

    Un contrato celebrado por tiempo determinado que tenga por objeto la entrega regular de productos (incluida la electricidad) o servicios, no podrá renovarse ni prorrogarse tácitamente por un nuevo período determinado.

    En desviación de lo anterior, un contrato celebrado por tiempo determinado para la entrega regular de diarios, periódicos o revistas podrá renovarse tácitamente por un período determinado de un máximo de tres meses, siempre que el consumidor pueda rescindir el contrato prorrogado al final de dicha renovación con un plazo de preaviso máximo de un mes

  • Un contrato celebrado por tiempo determinado que tenga por objeto la entrega regular de productos o servicios solo podrá prorrogarse tácitamente por tiempo indefinido si el consumidor tiene el derecho de rescindirlo en cualquier momento, respetando un plazo de preaviso máximo de un mes, y un plazo de preaviso máximo de tres meses en el caso de contratos que tengan por objeto la entrega regular, pero con una frecuencia inferior a una vez al mes, de diarios, periódicos o revistas.

    Un contrato celebrado por tiempo limitado, destinado a la entrega regular a modo de prueba o introducción de diarios, periódicos o revistas (suscripción de prueba o introductoria), no se renovará tácitamente y finalizará automáticamente después de la compra del período de prueba o introductorio.

    Duración

    Si un contrato tiene una duración superior a un año, el consumidor podrá rescindirlo en cualquier momento después del primer año, con un plazo de preaviso máximo de un mes, salvo que las normas de equidad y razonabilidad se opongan a la rescisión antes del final del período acordado.


    Artículo 13 – Pago

    Salvo que se haya acordado lo contrario, los importes adeudados por el consumidor deberán ser pagados dentro de los siete días hábiles siguientes al inicio del período de reflexión mencionado en el artículo 6, párrafo 1.

    En el caso de un contrato de prestación de servicios, dicho plazo comenzará una vez que el consumidor haya recibido la confirmación del contrato.

    El consumidor tiene la obligación de notificar de inmediato al empresario cualquier error o inexactitud en los datos de pago proporcionados o indicados.

    En caso de impago por parte del consumidor, el empresario tendrá derecho, salvo las limitaciones legales, a cobrar los costes razonables que hayan sido previamente comunicados al consumidor.


    Artículo 14 – Procedimiento de reclamaciones

    Las reclamaciones relacionadas con la ejecución del contrato deberán presentarse ante el empresario dentro de un plazo de siete días, de forma completa y claramente descrita, a partir del momento en que el consumidor haya detectado los defectos.

    Las reclamaciones presentadas al empresario serán respondidas dentro de un plazo de 14 días contados a partir de la fecha de recepción. 

  • Si una reclamación requiere un plazo de tramitación previsiblemente más largo, el empresario responderá dentro del plazo de 14 días con un acuso de recibo y una indicación de cuándo el consumidor puede esperar una respuesta más detallada.

    Si la reclamación no puede resolverse de manera amistosa, se generará un conflicto que será susceptible de someterse al procedimiento de resolución de controversias.

    Una reclamación no suspende las obligaciones del empresario, salvo que el empresario lo indique por escrito de forma expresa.

    Si una reclamación es considerada fundada por el empresario, este podrá, a su elección, reemplazar o reparar los productos entregados de forma gratuita.


    Artículo 15 – Controversias

    Los contratos entre el empresario y el consumidor a los que se refieren las presentes condiciones generales estarán exclusivamente sujetos al derecho neerlandés.

    Esto se aplicará también en el caso de que el consumidor resida en el extranjero.